Automatización de Facturación electrónica para estaciones de servicio
Infórmate y evita SANCIONES
Sistema para estaciones de servicio con facturación electrónica.
La facturación electrónica es un mecanismo diseñado por la DIAN para obligar a las empresas de todos los tamaños a reportar electrónicamente al fisco lo que están facturando. A través de este sistema, la DIAN recibirá de cada empresa la información que contiene la factura que un establecimiento pretende expedir con todos sus detalles, incluyendo ítems o servicios facturados, impuestos cobrados, etc, y así la entidad podrá validar la factura en tiempo real de forma electrónica y permitiendo así su expedición al cliente final.
SOFTWARE PARA ESTACIONES DE SERVICIO MÁS AUTOMATIZACIÓN DE FACTURACIÓN ELECTRÓNICA
Impresión automática del documento equivalente.
1
2
Generación automática de la factura electrónica o auto-gestionada por el cliente.
Integración al sistema Sauce.Online
3
Comprobante de despacho
Documento Equivalente
BENEFICIOS DE NUESTRO SISTEMA PARA EDS
Promueve la cultura digital en las gasolineras.
Reduce tiempos y costos de los procesos.
Facilita el cumplimiento de obligaciones tributarias de la estación de gasolina.
Optimiza la trazabilidad, conociendo el estado de cada documento en tiempo real.
Facilita llevar la contabilidad de las ventas realizadas en la estación de servicio, en períodos de tiempo determinados (día, semana, mes, año).
MÁS SOBRE LA FACTURACIÓN ELECTRÓNICA EN ESTACIONES DE SERVICIO
¿Quiénes son los obligados a facturar electrónicamente?
Los sujetos obligados a emitir facturas electrónicas son, todos los responsables de ventas (IVA), empresas encargadas de facturar el impuesto al consumo, lo que tengan calidad de comerciantes, ejerzan profesiones liberales, operen actividades agrícolas o ganaderas y los contribuyentes que se inscriban al impuesto del régimen simple de tributación.
¿Por qué tomar la decisión de emitir facturas electrónicas?
Es de gran importancia que consideres iniciar tu proceso de habilitación para emitir facturas electrónicas, pues en Colombia todos los contribuyentes deberán hacerlo una vez la masificación de la facturación sea una realidad.
Empezar antes, evita incurrir en sobrecostos y sanciones, además el no hacerlo a tiempo incrementa los costos y baja las disponibilidad de los proveedores tecnológicos.
¿Qué pasa con los distribuidores minoristas de combustible?
Los distribuidores minoristas de combustibles derivados del petróleo y gas comprimido no se encuentran obligados a emitir facturas electrónicas teniendo en cuenta los términos de la normatividad que está en vigencia, pero a pesar de no estar obligados a emitir facturas, luego de vender el combustible, muchos clientes solicitan a la empresa facturas electrónicas, debido a la deducción de gastos que se realiza en la declaración de renta.
PARA TENER PRESENTE!
1.
La Resolución 42 del 5 de mayo de 2020, establece que las estaciones de servicio deben empezar a facturar electrónicamente y/o a emitir documento equivalente a partir del 1° de Septiembre de 2020.
2.
La estación de servicio DEBE contar con una resolución de facturación electrónica expedida por la DIAN.
3.
Es obligación de la Estación de Servicio entregarle un documento equivalente (tirilla POS) que cumpla las especificaciones de la DIAN en cada transacción de consumo de combustible.
4.
Si el cliente solicita una factura electrónica a la estación de servicio, esta puede generarse manualmente de forma gratuita en la plataforma de la DIAN, o se debe contar con un Software de Facturación electrónica que cumpla con las especificaciones técnicas de la DIAN.
5.
El documento equivalente NO es lo mismo que una factura electrónica y por cada transacción debe existir solo uno de los 2.
6.
Por el alto volumen de transacciones en una estación de servicio, lo más recomendable es contar con un software para estaciones de servicio como Sauce.Online que permite emitir automáticamente el documento equivalente en cada transacción, y además cuenta con un módulo de facturación electrónica integrado que simplifica y agiliza la emisión de estos documentos.